Llamado a presentación de propuestas

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Descripción del servicio

Los fondos concursables tienen por objeto promover y financiar de manera parcial o total, las iniciativas enfocadas en la investigación, la educación, la restauración, la protección y conservación del medio ambiente así como el uso sostenible de los recursos naturales.

A quién va dirigido

Instituciones del sistema de administración pública local o nacional; Ayuntamientos, organizaciones autónomas y descentralizadas, Direcciones Generales, etc.

Departamento que lo ofrece

Fondo Nacional para el Medio Ambiente y Recursos Naturales (Fondo MARENA).

Información de contacto

Tel.: 809-565-8461
Correo: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. .
Dirección: Ave. 27 de Febrero # 273, casi esq. Winston Churchill, Plaza Central, 4to nivel local 418, Ens. Piantini, Santo Domingo, R.D.

Requerimientos o requisitos

  • Copia de los estatutos y Asamblea Constitutiva de la organización.
  • Copia de la última Asamblea eleccionaria de la Junta Directiva anexando copias de las cédulas de identidad de los miembros elegidos.
  • Certificado de habilitación emitido por el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Ley 122-05).
  • Certificación de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) indicando que está al día en el cumplimiento de sus compromisos fiscales.
  • Datos bancarios.
  • Otros que se establezcan las bases de cada convocatoria.

Procedimientos a seguir

Serán definidos en los términos de referencia de cada convocatoria.

Horario de prestación

De lunes a viernes , de 8:30 a.m. hasta 3:30 p.m.

Costo

Gratuito

Tiempo de realización

5 semana(s) laborables.

Canal de Prestación

Online

Información adicional

A quién va dirigido

  • Instituciones del sistema de administración pública local o nacional; Ayuntamientos, organizaciones autónomas y descentralizadas, Direcciones Generales, etc.
  • Organizaciones de la sociedad civil establecidas de acuerdo a los criterios definidos
    por la ley 122-05.
  • Museos, escuelas, colegios y organizaciones similares, públicas o privadas dedicadas a la educación y la divulgación de las ciencias ambientales.
  • Concesionarios de permisos ambientales